Lali Feldman
Profesional especializada en violencia laboral. Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral. Red Territorial contra la Violencia Laboral. Licenciada en Ciencias de la Educación.
Algunas voces
“Así te va a ir a vos por hacerte el gremialista. Hay una fila de gente esperando para ocupar tu lugar.”
“En los últimos tiempos todo se agravó. No tenemos tareas y no hay indicaciones de ningún tipo.”
“Ni siquiera mis compañeros me hablaban. Quedé totalmente aislada.”
“Vos tenés dos problemas: uno que sos mujer, otro que tenés hijos.”
“Lo peor es que ni siquiera me daba cuenta de lo que estaba pasando pero a la noche no me podía dormir y a la hora de salir tenía ataques de pánico.”
“Si no te gusta, te vas.”
“Soy carpintero. Trabajo en una fábrica de muebles desde hace 30 años. Sabiendo que tengo problemas de salud me mandaron a pintar las rejas del frente en pleno invierno… sólo para humillarme y lograr que renuncie”.
El camino recorrido
Manifestaciones como las anteriores resultan conocidas o pueden ser reconocidas por quienes formamos parte del mundo del trabajo, en tanto expresan comportamientos, prácticas y consecuencias habituales en el marco de procesos compatibles con lo que se denomina violencia y acoso laboral.
Si bien hay antecedentes de diverso carácter y origen, ciertamente el Convenio 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, última norma aprobada por la Organización Internacional del Trabajo, vino a ponerle nombre a la amplia variedad de situaciones que abarca esta expresión, reconociendo que pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos y consagrando el derecho de todas las personas en el mundo del trabajo a ambientes libres de violencia y acoso.
La ratificación del Convenio 190 (C190) por Ley N° 27.580 y su entrada en vigor para nuestro país a partir del 23 de febrero de 2022, impuso una serie de obligaciones a cumplimentar que comprenden, entre otras, la aprobación de nuevas normativas y/o la adaptación de las existentes, la implementación de políticas y programas de acción que comprendan medidas de carácter preventivo, ámbitos de denuncia y reparación de daños a partir de la aplicación de un enfoque inclusivo, integrado y con perspectiva de género.
Argentina es un país de vanguardia en el reconocimiento de esta problemática en tanto dispone de antecedentes normativos, dispositivos institucionales y jurisprudencia relativa, aún cuando este despliegue resulta asimétrico en diferentes ámbitos y sectores de actividad, modalidades de trabajo y en las distintas jurisdicciones.
A nivel normativo y jurisprudencial se registran algunos primeros avances a partir del año 2001 con la aprobación de ciertas regulaciones y el dictado de sentencias judiciales que comenzaron a objetivar y sancionar este tipo de prácticas. También desde ese entonces se registran sucesivos proyectos de ley que dieron cuenta de la necesidad de disponer de una normativa específica suficientemente comprensiva de la problemática.
En el plano institucional, la creación de la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (OAVL) a comienzos del año 2007 en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTEySS), fue una expresión manifiesta de la decisión política de aplicar un tratamiento singular al tema. Su conformación constituyó un hito de significativa relevancia en tanto política pública de alcance nacional que contribuyó al desarrollo conceptual, metodológico y estratégico con una mirada de carácter local, es decir, atendiendo nuestra propia idiosincrasia cultural, social, política y laboral.
La experiencia de la OAVL resultó innovadora en un doble sentido: por un lado en tanto el conocimiento generado se basa en la atención de más de 55.000 consultas y denuncias. Por otro, en la medida en que el abordaje institucional aplicado, en permanente interacción con los diferentes actores del mundo del trabajo y con un amplio despliegue territorial, posibilita una lectura más ajustada y realista respecto a las dinámicas locales.
Cabe destacar la oportunidad y el desafío que se presentó, a partir de la ratificación del C190, para ampliar e implementar medidas efectivas en todo el país, atendiendo las particularidades regionales y locales. Efectivamente, a partir de ese momento, se produjeron nuevos avances particularmente en el plano institucional a nivel provincial así como también por la amplia difusión que tuvo el tema.
A nivel nacional sin embargo, la falta de una programación estratégica impidió fortalecer políticas y acciones de extensa trayectoria. Por el contrario, primaron intereses particulares por sobre la consolidación y la ampliación de esta trayectoria.
Los aportes desde el movimiento sindical y la lucha de las mujeres y diversidades
Indudablemente el movimiento obrero organizado fue protagonista y principal impulsor del tema y en la conquista, en términos de reconocimiento, del derecho a trabajar en ambientes libres de violencia y acoso. No sólo a nivel nacional sino también en el plano internacional, las organizaciones sindicales aportaron a correr el “velo” que oculta prácticas tan antiguas que parecieran inherentes a las relaciones de trabajo en el mundo contemporáneo, signadas estructuralmente por la desigualdad de poder. Sobre este andamiaje expusieron los abusos implicados y los daños provocados por la violencia y el acoso y reclamaron por medidas orientadas a su prevención y sanción.
Resultan también indiscutibles los avances del movimiento feminista, enlazados con la masiva incorporación de las mujeres al “mercado de trabajo”, a partir de la década del 40’ del siglo pasado. Consecuencia de ello, fue posible una mayor visibilización respecto al hecho de que las relaciones de poder en el trabajo resultan desiguales por partida doble para las mujeres y para el colectivo LGBTIQ+. Esto en tanto son ámbitos que se rigen, traslucen y refuerzan las prácticas y estereotipos del sistema patriarcal dominante.
Entre estos avances, se destacan la CEDAW y la Convención de Belém do Pará que son las referencias normativas internacionales en esta materia en tanto aportan los parámetros de cumplimiento obligatorio para los países que, como el nuestro, los ratificaron. Ambos instrumentos fueron también resultado de luchas por un mundo más igualitario y antecedentes en la adopción del C190 sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo.
Las mujeres sindicalistas lideraron desde su sector el recorrido que condujo a la elaboración de este tratado internacional y a su aprobación, ampliando el reconocimiento de este derecho al conjunto de la clase trabajadora.
Algunas protagonistas de esta historia nos remiten al año 2009 para dar cuenta del inicio de un camino al que progresivamente se fueron involucrando diversas organizaciones.
Sin embargo, en nuestro país hay registros de antecedentes muy anteriores a esa fecha, particularmente a partir de la creación, hacia mediados de los años ochenta, de secretarías o departamentos de la mujer y de igualdad de oportunidades en muchos ámbitos sindicales. Principalmente desde esos espacios se abordaron inicialmente el acoso sexual y la violencia contra la mujer en las relaciones laborales. En años posteriores muchas organizaciones sindicales encuadraron el tema en las secretarías de derechos humanos y gremiales.
Por otra parte, progresivamente la tematización de la violencia comenzó a formar parte de la agenda laboral y sindical en los Encuentros Nacionales de Mujeres a partir del año 2006.
Es importante alertar respecto a la tendencia a asimilar la violencia laboral a la violencia de género la cual, a su vez, se identifica con la violencia hacia las mujeres, específicamente cuando quienes violentan o acosan son varones.
No obstante, la violencia y el acoso en el trabajo afecta a las mujeres y diversidades pero también los varones son víctimas de este tipo de prácticas y comportamientos. Esto fue reconocido y resultó en una decisión acordada al definir el alcance y sujetos protegidos por el C190. De hecho, los informes preliminares y documentos previos a su redacción final, lo titularon como “Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en mujeres y varones” lo cual da cuenta de la intención expresa de establecer un amplio alcance en la aplicación del derecho a ambientes libres de violencia y acoso.
Para completar esta recapitulación, resulta imprescindible dar cuenta de una experiencia inédita a nivel mundial, que es la Red Nacional Intersindical contra la Violencia Laboral integrada por más de 130 organizaciones de las 3 centrales obreras (CGT, CTA-T y CTA-A) y cuya presentación formal tuvo lugar en la sede de la Federación Gráfica Bonaerense en el año 2018.
Originalmente los sindicatos habían sido convocados por la OAVL desde el año 2012, para la suscripción de un Acta Compromiso a partir del que se desarrollaron diferentes actividades en conjunto. Entre los principales resultados de este trabajo colectivo se encuentran: la producción de piezas gráficas y audiovisuales, la publicación del primer “Manual sobre Violencia Laboral para Organizaciones Sindicales” y el diseño de la 1ra encuesta nacional para trabajadoras y trabajadores.
En la provincia de Santa Fe, también se congregaron sindicatos locales para conformar la “Red Sindical Ambientes de Trabajo Libres de Violencia” que, desde el 2016, organizó sucesivos congresos anuales de carácter internacional.
Por otra parte, las 3 centrales sindicales (CGT, CTA-T y CTA-A) llevaron adelante diversas acciones y adoptaron distintas medidas relativas al tema. La CGT participó de la aprobación del C190 y promovió su ratificación. Tanto la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA-T) como la Central de Trabajadores/as Autónoma (CTA-A) implementaron en el 2019 sendos protocolos de violencia y acoso por razón de género de aplicación en el ámbito interno de sus organizaciones.
Palabras finales
Defender lo conquistado es sin dudas el actual desafío que se nos presenta como país, que supo ser precursor en el tema y que dispone de un bagaje, en términos de experiencia práctica, que resulta inusual tanto en el plano regional como internacional.
En ese sentido, urge poner en valor esta trayectoria, con una perspectiva federal que respete las particularidades locales y que garantice el cumplimiento efectivo de los derechos reconocidos y consagrados para el conjunto de la clase trabajadora .
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